El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) informó que los usuarios de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal deberán cumplir con nuevas disposiciones orientadas a reforzar la seguridad vial y la protección de peatones en los espacios públicos.
La institución precisó que, en los casos en que estos dispositivos funcionen mediante acelerador y no dependan del pedaleo asistido, serán considerados vehículos de motor, por lo que sus conductores estarán obligados a portar licencia de conducir categoría 1.
De igual forma los conductores de patinetas electricas, deben tener una póliza de seguro de responsabilidad civil, conforme a lo establecido en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.









