El agente de la Digesset actuó de manera correcta frente a un conductor que minutos antes había cometido una infracción de tránsito, había sido mandado a detener y desacato hacerlo y siguió la marcha.
Posteriormente fue más adelante detenido mientras profería insultos al agente exhibiendo un arma de fuego entre las piernas lo que podía poner en peligro la vida del agente.
Los agentes de la Digesset, de Aduanas, de la D.N.C.D, de control de combustibles, de migración etc. etc. Que en el cumplimiento de su deber se percatan de la presencia de un arma de fuego al momento de levantar una infracción, una requisa o una inspección o un control preventivo, pueden legalmente requerir a cualquier ciudadano que muestre los permisos que lo acreditan para portar el arma de fuego y es su facultad y no violan ninguna ley.
Y si el arma de fuego adicionalmente resultare ilegal?? El que la porta en vez de una infracción de tránsito podría sufrir una pena de hasta 5 años prisión, ya no por violación a la ley de tránsito si no a la ley de Armas.
Escuchen cuando el conductor ya sin arma de fuego le dice al agente » yo quisiera encontrarte mal puesto» y cuando le pasa los documentos le dice » Mira come muerda »
El autor de este comentario el Lic Amadeo Peralta es abogado y conocedor a la perfección de la ley 63-17 de Tránsito y Movilidad.