El artículo 285 del Código Procesal Penal de la República Dominicana otorga al Ministerio Público la facultad de requerir informaciones tanto a particulares como a funcionarios públicos en el marco de una investigación.
La disposición establece que “el Ministerio Público puede exigir informaciones de cualquier particular o funcionario público, fijando un plazo conforme a las circunstancias del caso, y practicar por sí, o hacer practicar por funcionarios policiales, cualquier clase de diligencias. Debe solicitar la intervención judicial cuando lo establece este código.”
Este artículo sirve de base legal para que la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) realice requerimientos de documentos, testimonios, programas de televisión u otros elementos que puedan aportar a una investigación en curso.
La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) solicitó este martes formalmente a la periodista Nuria Piera que entregue, a la brevedad posible, todas las emisiones de su programa “N Investiga” relacionadas con presuntas irregularidades en el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).










