SANTO DOMINGO.- El presidente Danilo Medina promulgó esta noche la Ley Orgánica del régimen Electoral, la cual fue aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
El jefe del estado promulgó la pieza legislativa está marcada con el número 15.19 la cual entra en vigencia a partir de la fecha.
La nueva incluye la restricción del uso de los recursos del Estado en la campaña de candidatos que ocupen cargos públicos, y dispone la suspensión de éstos de sus funciones desde el momento en que la candidatura sea aceptada por la Junta Central Electoral.
Otro de los aspectos que presenta esta ley es que el gobierno central, el local y las entidades públicas descentralizadas, se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitarios extraordinarios.
Se prohíbe a un partido presentar candidatos tránsfugas, al disponer que no podrán ser postulados por ningún otro partido o agrupación o alianzas electorales, candidatos que hayan sido nominados previamente por su correspondiente organización.
Los candidatos no podrán ser apresados por lo menos ocho días antes de las elecciones, salvo flagrante delito.
Establece que los partidos y sus candidatos serán responsables del retiro de la propaganda electoral, en coordinación con los ayuntamientos, otorgando potestad a la JCE para retener un monto de los aportes de los partidos, como garantía de que se efectuará el retiro de la propaganda.
Se dispone igualdad de tarifa por propaganda electoral, que durante la campaña electoral no podrá exceder el promedio de lo cobrado seis meses antes de la apertura del proceso.
Se otorga facultad a la JCE para regular las firmas encuestadoras y para reglamentar todo lo relativo a la propaganda. Establece la igualdad de género para las candidaturas a diputaciones, regidurías y vocales.
LA HOOKA
El presidente Danilo Medina también con el número 16-19 promulgo la Ley que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados.